La Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) reiteró la prohibición de pesca o captura de aletas de tiburón, casco, carne o huevos de tortuga, colas de langostas, entre otras, luego de modificar la Resolución AG - 118 de 2005, que establece directrices operativas temporales para el otorgamiento de permisos de pesca dentro de los límites del Parque Nacional Coiba.
La resolución AG - 0724 del 29 de diciembre de 2005, define los tres tipos de pesca permitidos en el Parque Nacional Coiba, que son la de subsistencia, la artesanal y la deportiva.
La pesca de subsistencia es aquella que se realiza para proporcionar alimento a quienes la realicen, sus familiares y vecinos, sin fines comerciales e incluye la que se efectúa desde las playas y riberas o desde canoas u otras embarcaciones.
Igualmente, para todos los tipos de pesca queda prohibida la captura de peces menores a una talla mínima (largo total), entre ellas, Pargos 45 centímetros, Sierras 50 centímetros, Corvina blanca 65 centímetros, Dorado 70 centímetros, Meros y Chernas de 45.
|