Distancia, costos, fama, prestigio... ¿en qué se fija usted cuando elige la escuela particular a la que va a asistir su hijo? Muchos panameños se ven en este dilema, sobre todo cuando su vástago asistirá por primera vez al primer o séptimo grado. De no hacer bien esta elección, los efectos se verán reflejados en el boletín, en su comportamiento o en su bolsillo.
La profesora Ilka Torres, directora del Departamento de Escuelas Particulares, señaló que los padres de familia deben fijarse primero en el contrato y acostumbrarse a leer. Resaltó que cuando matricule a su hijo, lo primero que debe solicitar es el reglamento interno de la escuela, y si tiene resuelto el funcionamiento del Ministerio de Educación. Resaltó que hay escuelas que no cuentan con el resuelto de funcionamiento, por lo que se están revisando las escuelas; sin embargo, cuentan con un inconveniente, ya que sólo tienen dos supervisores para realizar este trabajo.
Por cuestiones de seguridad, otro aspecto que se debe observar es la condición del plantel. Detalles como estado de la infraestructura, rampas y escaleras de incendio, entre otras cosas.
Torres admitió que es importante ver varias opciones. "El padre tiene que caminar, no sólo porque la escuela tiene fama... es bueno que vaya a ver".
PAGOS
Una de las quejas más comunes es de cuánto se debe de pagar. Meses como marzo y diciembre, en los cuales no se labora todas las semanas, es una de las inquietudes que manifiestan los acudientes, pues no saben si es preciso pagar toda la mensualidad.
La docente aclaró que no nos debemos olvidar que una escuela privada es una empresa, por lo que reiteró que es importante que se tenga a mano el reglamento interno de la escuela, para evitar que se den pagos de más, si no están dentro de estas reglas.
DEBEN COBRAR IGUAL
Quienes tienen dudas comunes sobre cuál debe de ser su salario dentro de las centros privados son los docentes. En el capítulo 3 del Decreto Ejecutivo Nº 305 del 30 de abril de 2004, establece en su artículo 131 que los educadores de las escuelas privadas tendrán el mismo deber y derecho que los del sector oficial. Por lo que el régimen salarial de los educadores de las institutos particulares y escalafón de categorías no podrán ser menores a lo establecido para los educadores de las escuelas oficiales.
DENUNCIAS
Vivian Arrue, del Departamento de Asesoría Legal de MEDUC, indicó que cuando un padre de familia presenta una demanda, el director de la escuela se reúne con el director de educación particular en primera instancia. De no resolverse dentro de esta etapa, se eleva la queja o denuncia al Ministerio de Educación o a la Dirección Regional de Educación, y si se hace necesario, se abre un expediente en Asesoría Legal para iniciar las investigaciones.
Afirmó que cuando ya se tiene un fallo final por parte del MEDUC, el colegio particular tiene que acatar la orden del Ministerio, porque el artículo 90 de la Constitución establece que el Estado puede intervenir en establecimientos docentes.
CALIFICACION
¿Sistema de calificación con letras o con números?, he ahí el dilema. Muchos consideran que el sistema alfabético acerca más al joven a lo que será su vida universitaria, mientras consideran que no existe forma de comprobar cuál es la verdadera calificación del estudiante.
Torres puntualizó que el sistema de evaluación debe ser el sistema numérico, que es del uno al cinco, por lo que de cualquier otro modo es ilegal. Recordó que durante la administración de Pablo Talhasinos se intentó colocar el sistema alfabético, pero los gremios y estudiantes protestaron, por lo que se abolió la idea.
DATOS IMPORTANTES
Pedir referencias a familiares, amigos y vecinos sobre el centro educativo particular donde piensa matricular a su hijo. Revisar el régimen administrativo que incluye pagos de matrícula, mensualidades, transporte, graduaciones, recargo por morosidad, laboratorios, materiales y cualquier otro pago al que deba incurrir el padre. La ley no faculta al Ministerio de Educación para intervenir o regular lo concerniente al régimen económico o financiero de las escuelas particulares. Se puede pedir referencias sobre el personal docente que labora en el plantel, que van desde idoneidad, años de servicio, nacionalidad y otros aspectos laborales. Si hijo proviene de otra escuela o colegio particular, consulte al director del plantel, si debe hacer algún tipo de convalidación y su costo. Si proviene del extranjero, debe apersonarse a la oficina de convalidación y reválida del Ministerio de Educación, en las direcciones regionales que le corresponda. Si su hijo está en apremediz y media, en los años IX y XII y no obtuvo las calificaciones mínimas de promoción, deberá tener derecho a que se le apliquen dos pruebas, trabajos o proyectos. La primera prueba se hará a los siete días, antes de la graduación, y la segunda prueba, en la segunda semana de febrero.
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