Merecido beneficio. Las personas al llegar a cierta edad, por la Ley 6 de 1987 se les otorga algunos beneficios de descuento en sus pagos a servicios o compras, si están pensionados, jubilados, en la tercera o cuarta edad. La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) registra verificaciones para determinar el cumplimiento de que se otorguen estos beneficios a favor de estas personas, que luego de trabajar por años, han llegado a su época de descanso y de gozar de su jubilación.
Algunos de los descuentos que por la Ley 6 de 1987 tienen derecho a obtener son:
- 25% de descuento en el pago de pasajes aéreos.
- 20% de descuento en el pago de la prótesis.
- 50-% en el costo del pasaporte.
- 25% en el pago de su recibo mensual de consumo de agua.
- 25% en el pago de su recibo mensual del servicio de teléfonos.
- 30% de descuento en el pago del pasaje de autobuses interurbanos.
- 15% en restaurantes de comida rápida y franquicias.
- 30% de menos en el pasaje de trenes, lanchas y barcos.
-20% de descuento en el pago de la consulta médica.
-15% menos en el pago de los servicios dentales y ópticos.
-20% de descuento en servicios técnicos y profesionales.
-Obtendrá también 25% menos en los servicios de electricidad.
-En el pago de comisiones de cierre de préstamos o gastos le deben otorgar 50% menos.
- Si va a hospedarse en un hotel o pensión, de viernes a domingo le deben dar un descuento de 30%.
- Mientras que si se hospeda de lunes a jueves, el descuento debe ser de 50% menos.
- En las farmacias, en sus compras de medicamentos debe ser de 20% el descuento.