Han pasado más de 3 meses y las cicatrices en su cuerpo y en su alma son profundas. El 3 de diciembre de 2005, es una fecha que no olvidará esta familia, pues marcó la vida de Stephanie Ortega por completo.
Ella sólo quería hacerle un favor a su hermanito de 3 años. Al niño se le cayó un carrito al techo del local de abajo y su hermana agarró una varilla metálica para tratar de alcanzar el juguete; fue cuando la varilla hizo el contacto con uno de los cables de la electricidad que pasan al frente y por encima del balcón, Stephanie cayó al suelo, producto de la descarga, contó su padrastro, Luis Bernal.
Durante 2 meses, el Cuarto de Quemados del Hospital del Niño fue su hogar. Desde, entonces, la familia ha iniciado una batalla campal contra la empresa eléctrica Unión Fenosa, a la que solicitaron una indemnización de 10 millones de balboas.
Para Jones Cooper, de Unión Fenosa, no existen responsabilidades en el accidente, pues el tendido eléctrico, ubicado en el área, cumple con la distancia requerida.
En este caso, la distancia que hay entre el balcón y los cables es de más de tres metros, explica el ingeniero de la empresa, Sebastián Pérez.
En cambio, un informe técnico del Cuerpo de Bomberos de Panamá plantea que la distancia, según las mediciones que realizaron unidades de la oficina de seguridad de los bomberos, es de 2.06 metros. Esta distancia es menor que la mínima de seguridad requerida, que es de 2.30 mts.
El informe concluye que las líneas eléctricas violan el reglamento de instalaciones eléctricas, en su resolución de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura.
COMPROMISO
Aunque Unión Fenosa no acepta la indemnización millonaria, se comprometió a pagar la prótesis, la atención médica y la educación de la niña.
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