[
Imprimir]


Proclamará al ganador

Didier Hernán Gil | DIAaDIA

Tal vez usted, amigo lector, se ha preguntado cuáles son las funciones de la Junta Nacional de Escrutinio (JNE) y en qué momento se pronuncia. Bueno, aquí le tenemos la respuesta, pues sobre este planteamiento, Víctor Cucalón, quien preside este colectivo, explicó que luego de aprobar un reglamento interno de funcionamiento, bajo la asesoría del Tribunal Electoral (TE), la JNE está en la capacidad de recibir todas las actas de escrutinios provenientes de las treinta y nueve Juntas de Escrutinio de Circuito Electoral para Presidente y de la Junta Especial para el voto de los Panameños Residentes en el Extranjero, con sus respectivas actas de mesa de votación o de mesas receptoras de votos.

Incluso, tiene la potestad de recibir las actas de mesas que no hayan sido escrutadas en las correspondientes Juntas Circuitales de Escrutinio. No obstante, Cucalón aclaró que esto es permitido siempre y cuando se deje constancia de ello y tales actas reúnan los requisitos legales y reglamentarios y sin perjuicio de las reclamaciones que correspondan.

OTRAS RESPONSABILIDADES

Pero aquí no termina todo, pues otra de las funciones que tiene la JNE es elaborar el acta original con los resultados de la elección de Presidente y vicepresidente de la República y de los 20 diputados al Parlamento Centroamericano (PARLACEN). Posteriormente, debe proclamar como Presidente y vicepresidentes de la República a los candidatos que hayan obtenido la mayoría de los votos, de conformidad con los cómputos realizados, sin perjuicio de los recursos de nulidad que se interpongan, tal como lo establece el Código Electoral.

Todos estos documentos originales serán remitidos al Tribunal Electoral. En todo este proceso, los partidos políticos tendrán sus representantes para presenciar y verificar las labores que se realizan.

¿Qué han hecho?

Desde la juramentación de la JNE, el 3 de diciembre de 2008, por parte del magistrado presidente del Tribunal Electoral, Erasmo Pinilla, este colectivo ha realizado ocho reuniones.

En la reunión número siete, que fue el pasado 26 de marzo, por primera vez, los representantes de los partidos políticos legalmente constituidos participaron de una Mesa de Trabajo de la JNE. Esa ocasión fue propicia para consensuar la propuesta del Reglamento Interno al igual que el manual de Procedimientos de la JNE.

¿QUIEN LOS ELIGE?

De acuerdo con el presidente de la Junta Nacional de Escrutinio (JNE), Víctor Cucalón, la organización que preside fue elegida por el Tribunal Electoral en base al Decreto de Personal N.1 del 30 de octubre de 2008.

"Lo que el pueblo panameño decida, será lo que la Junta proclamará", enfatizó Cucalón, quien estimó que la JNE ha cumplido en un 80% con la agenda establecida.

PROCEDIMIENTOS

La JNE se reunirá a las 2: 00 p. m. del 3 de mayo de 2009 para proceder al ejercicio de sus funciones.

En la sede de la JNE habrá un área de seguridad destinada a guardar todas las actas que se reciban.

El presidente de la JNE decidirá la ubicación de los representantes de los partidos políticos.

El presidente de la JNE será el único que llamará al orden en el recinto de sus reuniones.

La JNE se volverá a reunir el próximo 14 de abril para definir la fecha para el desarrollo del simulacro de elecciones.





Ciudad de Panamá 
Copyright © 1995-2009 DIAaDIA-EPASA. Todos los Derechos Reservados