Todo por la salud de los demás. Desde el próximo 22 de septiembre queda prohibida la venta de cigarrillos en cajetillas pequeñas o en unidades sueltas, de acuerdo al artículo 27 del Decreto Ejecutivo 17, del 11 de marzo de 2005, publicado en gaceta oficial el pasado 22 de marzo.
El citado decreto prohíbe el consumo del tabaco en lugares públicos, como medios de transporte, terminales de transporte, aeropuertos, centros deportivos, escuelas y colegios públicos y privados, además de los centros comerciales cerrados, lugares de atención médica y otros locales comerciales.
En las discotecas, bares y restaurantes deben existir áreas delimitadas para fumadores y no fumadores.
Las cajetillas de cigarrillos deberán tener mensajes alusivos al daño que causa el tabaco, además de dibujos alusivos al cáncer.
Cirilo Lawson, director general de Salud del MINSA, señaló que "el decreto contempla multas que van de los 100 a mil dólares".
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No se podrá promocionar el tabaco en los medios de comunicación masivos, ni vender golosinas o juguetes con forma de tabaco.
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