Es importante saber que es una responsabilidad del Tribunal Electoral (TE) anunciar por lo menos, con 30 días de anticipación, el número y la ubicación de todas las mesas de votación en toda la República.
Cada una de esas mesas estará integrada por un presidente, un secretario y un vocal, designados por el TE. Sumado a esto, habrá un representante por cada uno de los partidos políticos y de los candidatos de libre postulación, cuando lo hubiere. Ellos también tienen derecho a establecer un suplente designado en la misma forma que el principal. De acuerdo con portavoces del TE, en los corregimientos donde solo funciona una mesa de votación, los miembros de la mesa proclamarán el resultado de la elección del Representante de Corregimiento, obviándose la existencia de una Junta Comunal de Escrutinio. Para ser miembro de una mesa de votación se requiere:
Ser ciudadano panameño.
No haber sido condenado por delitos comunes o electorales.
Tener buena reputación.
Estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
Aparecer debidamente inscrito en el Padrón Electoral Final.