Todas aquellas empresas que se resistan a suministrar a la autoridad competente información referente al salario de un subalterno, para evadir la obligación del pago de pensión alimenticia, será sancionado con multas de hasta B/5 mil si son reincidentes.
El proyecto, que consta de 106 artículos, establece que el empleador deberá proporcionar la información dentro de cinco días hábiles siguientes al aviso de la nota petitoria; de lo contrario, salvo causa justificada, será sancionado con una multa de B/100 a 500 la primera vez.
Igual sanción se le aplicará al patrono cuando incumpla la orden de descuento directo, secuestro, embargo o cualquier otra medida impuesta por la autoridad competente al salario, remuneración o prestaciones laborales del obligado a dar alimentos.
MADRES QUE INCUMPLEN SERAN SANCIONADAS
San Miguelito es una de las áreas donde más se trabaja el aspecto de las pensiones alimenticias, y las autoridades, tanto de los tribunales de familia como los de las corregidurías, señalan que se han registrado casos de madres que abandonan a sus hijos y cónyuge por diversas razones y se olvidan de su responsabilidad. Para las autoridades se debe sancionar con el mismo rigor tanto al padre como a las madres que incumplen su responsabilidad, no sólo con sus hijos, sino también con su cónyuge o su madre.
Informó que en un estudio realizado hace tres años por el Órgano Judicial en la corregidurías, los juzgados municipales y de niñez, se pudo constatar que el porcentaje mayoritario de casos que se tenían era de alimentos.