Esta disposición se da mediante el Decreto Ejecutivo n.° 401, publicado en la Gaceta Oficial n.° 27041 que establece que estos transportes públicos serán penalizados dependiendo del número de incidencias.
Los "diablos rojos" que sean sorprendidos por primera vez circulando por los corredores por la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) serán multados con una suma de 500 dólares y la suspensión de la licencia por tres meses.
La segunda vez, la multa asciende a los mil dólares con una retención de licencia de seis meses, mientras que la pena de la tercera reincidencia será de 2 mil dólares y la cancelación total del permiso de conducir.