Al delito de calumnia no se le aplica el artículo 2128.
Redacción
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Violan la legislación procesal. El Consejo Nacional de Periodismo elevó su máxima protesta ante la medida cautelar de prohibición de abandonar el país contra Sabrina Bacal, directora de Noticias de Televisora Nacional y del periodista Justino González. Ambos están acusados de la supuesta comisión de los delitos de calumnia e injuria por una investigación periodística difundida a través de TVN.
La medida impuesta por José Carrera, suplente del Circuito Penal, no se acoge al artículo 2128 del Código Penal que se utiliza en caso de que el imputado se quiera dar a la fuga cuando haya exigencias inaplazables y por circunstancias especiales.