El decreto alcaldicio No.1813 del 22 de septiembre de 2000, establece que los indigentes, ebrios y mendigos, originan una imagen negativa para la ciudad y son un peligro para la sociedad. En su artículo segundo dice que si en un lugar aparece un individuo como indigente, el corregidor del área debe reportarlo para buscarle a sus familiares, y si éstos no se responsabilizan, merecen una multa de 2 a 20 dólares.
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