Los mandamientos de una reforma

Joyce Baloyes Lobo | DIAaDIA

La ley 17 que modificó el régimen jurídico de la Caja de Seguro Social, contempla un sinnúmero de cambios que establece parámetros para una población que se resiste, siendo el aumento de la edad de jubilación y la densidad de las cuotas el detonante que hace que los rechacen en las calles.

Mientras la tensión en el país crece por la huelga general que mantiene el Frente Nacional por la Defensa de la Seguridad Social, que incluye a 50 organizaciones, a sólo cinco días de haber entrado en vigencia, muchos panameños desconocen la letra de la misma.

Después de 12 días de discusiones en la Asamblea Nacional, 43 diputados del PRD votaron a favor del proyecto y 30 de la bancada de oposición en contra.

Presentadas en la Asamblea el 18 de mayo, desde el 26 del mismo mes, 50 organizaciones, incluyendo los obreros de la construcción, médicos, educadores y empleados de la CSS, participaron de las consultas ciudadanas.

Una realidad

Para el economista Rolando Gordón, ahora será difícil para la gente conseguir empleo, porque hay que cotizar por más años.

Consideró que el aumento de las cuotas de 180 a 300, es más perjudicial que la misma edad de jubilación, porque tendrá que trabajar más de 25 años.

Por eso conseguirlas será difícil para la juventud, porque necesitarán 12 meses de trabajo continuo y seguro.

En tanto, el jefe del Ejecutivo, el día de la sanción de la ley, dijo que la fortaleza financiera, así como las pensiones de las presentes y futuras jubilaciones, han quedado garantizadas con la aprobación de la ley.

LO QUE CONTEMPLA LA LEY

Los trabajadores independientes que reciban honorarios hasta 24 mil dólares anuales, deberán pagar sus cuotas. Cada cinco años y a partir del 2010, el límite máximo aumentará un 5%.

Los independientes que presentan una declaración de Impuesto sobre la Renta ante el MEF, pagarán su cuota sobre el total de honorarios brutos anuales, que no sean superiores a los 9 mil dólares anuales y hasta 24 mil dólares anuales.

Los trabajadores que reciban a la vez salario y honorarios, incluidos los gastos de representación tendrán que pagar las cuotas de seguro sobre ambos ingresos, hasta 48 mil dólares anuales. Cada cinco años y a partir del 2010, el límite máximo aumentará un 5%.

PENSION VITALICIA

El asegurado que tenga la edad de jubilación, pero no acreditado el número de cuotas establecido porque se retire definitivamente de un empleo o trabajo remunerado, puede acogerse a una pensión vitalicia.

Podrán optar las mujeres que tengan entre 52 y 57 años y los hombres entre 57 y 62 cumplidos, a partir del 1 de enero de 2007.

CANTIDAD DE LAS PENSIONES

La pensión mínima será de B/.175.00 mensuales hasta el 31 de diciembre de 2009. De B/. 185.00 mensuales desde el 1 de enero de 2010, y se incrementará cada 5 años en B/. 10.00.

Sin embargo, la pensión máxima será de mil balboas mensuales hasta el 31 de diciembre de 2006.

Pero cuando el trabajador tenga 25 años de trabajo y un promedio mensual no menor de B/.1, 500.00 durante los últimos 15 años de cotizaciones, podrá alcanzar dicho monto.

No obstante, a partir del 2007 quedará establecida en B/. 1, 500.

SU AGUINALDO

A partir de diciembre de 2005, los jubilados recibirán una bonificación B/.50.00. A partir del mes de diciembre de 2008, la bonificación aumentará a B/. 60.00.

NUEVO PLAN

Se crearán fondos de retiros "Anticipado Autofinanciables", para los trabajadores agrícolas estacionales, bananeros, cañeros, de la construcción, de menor calificación profesional y estabilidad laboral, funcionarios de Servicio de Erradicación de la Malaria, donde el Estado aportará un capital fundacional de B/. 20 millones, que reconocerá a los trabajadores hasta un 20% a la suma que ellos opten contribuir al fondo.

Los trabajadores municipales vinculados directamente con la recolección de basura, podrán optar por este beneficio.

SIGUEN CON EL BENEFICIO

Los educadores que a la fecha de la promulgación de la ley (jueves 2 de junio), que estén gozando del Plan de Retiro Autofinanciable para los educadores (PRAA), se acogerán a la pensión de retiro por vejez; las mujeres a los 57 años y los hombres a los 62 años.

MULTAS

Los empleadores que incumplan con el pago de la cuota obrero-peatonal, serán sancionados con 100 dólares hasta 25 mil dólares.

RECARGO POR MORA

Es importante estar al día con los pagos; de lo contrario, tendrán recargos en los 10 primeros días de mora: 2% de recargo de los adeudado. Durante los 10 siguientes días del calendario de mora: 5%.

Excedidos a los 30 días calendario, el recargo será de 15% sobre el monto adeudado hasta su total cancelación.

INVERSIONES

La CSS podrá iniciar la aventura de las inversiones, destinado hasta un 25% del valor de sus reservas a inversiones públicas de desarrollo nacional e internacional, canalizada a través de instituciones bancarias panameños o extranjeros, autorizada por la Superintendencia de Bancos.

El director general de la entidad queda autorizado para realizar las inversiones.

MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA

Se podrán adicionar a la Junta Directiva: la Asociación de Enfermeras y la Coordinadora Nacional de Gremios Profesionales y Técnicos de la Salud.

El representante de los empleadores será elegido por el Consejo Nacional de la Empresa Privada.

El representante de los servidores públicos saldrá de una terna presentada por FENASEP.

FACULTADES DE LA INSTITUCION

Se incorpora el “Sistema de mérito de carrera pública”, donde el director puede escoger, nombrar y destituir al personal.

Cada 6 meses, el director tiene que remitir a la Junta Directiva la ista de morosos incobrables.

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