¿Con licencia para matar? Esto es lo que les dará a los policías el polémico proyecto de ley 177, sobre el desarrollo de la aviación comercial, que ayer fue aprobado en segundo debate, por los diputados oficialistas.
El Artículo 25, que se refiere a los policías, se modificó para que cuando algún miembro de la Fuerza Pública sea denunciado o procesado, por la presunta comisión de un delito ejecutado en el cumplimiento de su deber, por motivo del uso de la fuerza excesiva e injustificada, no se podrá ordenar su detención preventiva, ni se decretará la suspensión provisional del cargo.
Este proyecto de ley conocido también como "9 en 1" es discutido en medio del rechazo de diputados de oposición y miembros de la sociedad civil.
Raisa Banfield, directora del Centro de Incidencia Ambiental (CIAM), cuestionó que se haya declarado la sesión del proyecto de ley 177 a puertas cerradas, si es tan buena para el país. Manifestó, que lo único que piden, es que se regrese el proyecto a primer debate y que se subdividan todos esos proyectos que se relacionan con el Código de Trabajo, el ambiente y el Código Judicial.
Otro que mostró su rechazo fue el excandidato a alcalde capitalino Roberto Velásquez, al decir que se estaba pisoteando la democracia y la Constitución.
La Cámara de Comercio e Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP), rechazó categóricamente la forma expedita e inconsulta con la que el Órgano Legislativo aprobó, en primero y segundo debate, el proyecto de ley 177.
Se estima que la "ley camarón", como es llamada por los trabajadores, será discutida y aprobada, mañana, en tercer y último debate.
REFORMAS
En el tema de Medio Ambiente, se descarta el estudio de impacto ambiental, si una obra es declarada de interés social.
Los policías no podrán ser separados de sus cargos cuando cometan un delito en el cumplimiento de sus funciones.
En cuanto al Código de Trabajo, de darse una huelga, si una minoría de trabajadores quiere seguir laborando, no se podrá cerrar la empresa, tampoco se obligará a los empresarios a descontar la cuota obrero patronal.
En cuanto al Código Penal, se establecen sanciones para las personas que no entren al país, con más de 10 mil dólares y no los declaren. Además, se les sancionará con dos años de cárcel.