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"Ley chorizo", ahora es Ley 30
Hoy, los ambientalistas marcharán junto a los trabajadores hacia la Presidencia. (Foto: ERICK BARRIOS / EPASA)

Jesús Simmons | DIAaDIA

En pie de guerra. Así están los miembros de las asociaciones ambientales y de la sociedad civil de Panamá, luego que el presidente Ricardo Martinelli, sancionó la Ley 30, que dicta medidas para promover el desarrollo de la aviación comercial en Panamá.

Esta nueva ley, que en su momento fue el proyecto de Ley 177, modifica los Códigos de Trabajo, Penal, Judicial, la Leyes Ambiental, la Orgánica de la Policía Nacional, de Aeronáutica Civil, del Tribunal de Cuentas y la Migratoria.

Lo que más indignó a los ambientalistas es que mientras los habían citado a una reunión con varios ministros, se enteraron de que la "Ley chorizo" había sido sancionada.

Gabriela Etchelecu, de la fundación MarViva, dijo que los organismos internacionales ven con mucha preocupación lo que está ocurriendo en Panamá. Agregó que "nos hemos convertido en el primer país de América Latina en eliminar el estudio de impacto ambiental y que nunca habían visto cómo se le cerraba la puerta en la cara a la sociedad civil".

Los ambientalistas expresaron su preocupación por la pérdida del grado de inversión que pueda acarrear al país, la aprobada y publicada en Gaceta Oficial como: Ley 30.

Mientras no se derogue esta ley, los amigos del medio ambiente llevarán este caso a la Corte Suprema de Justicia y a los organismos internacionales.

ALGUNAS REFORMAS

No es obligatorio estar en un sindicato, descontarle a los trabajadores la cuota sindical y las empresas no podrán ser cerradas durante una huelga.

Un miembro de la Policía Nacional sea denunciado o querellado por la presunta comisión de un delito en el servicio o cumplimento de su deber, por motivo de uso de la fuerza excesiva, no se ordenará su detención preventiva ni se decretará la suspensión provisional de su cargo.

Quienes falsifiquen o alteren, total o parcialmente, un pasaporte panameño, cédula, licencia de conducir o visa; se le aplicará una pena de 5 a 10 años.

Las obras que sean declaradas de interés social, no requerirán de un estudio de impacto ambiental.

Obliga a las asociaciones sin fines de lucro que publiquen mensualmente, en la Internet, una lista de todos sus donantes.





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