
Todas deben tener el “stiker” de la Alcaldía.
Foto ILUSTRATIVA
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Todas deben tener el “stiker” de la Alcaldía.
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Todas deben tener el “stiker” de la Alcaldía.
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Todas deben tener el “stiker” de la Alcaldía.
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Cada inspección genera de 10 a 15 citaciones por presentar anomalías por estar situadas en áreas de servidumbre y sin la calcomanía que proporciona el Departamento de Publicidad Exterior, pues estas deben estar pegadas en un lugar visible.
Según el Acuerdo 72, queda prohibido la instalación de estructuras publicitarias en los cementerios, iglesias, parques, escuelas y edificios públicos.
Las sanciones para los que instalen estructuras publicitarias ilegales pueden ir de 25 a 10 mil dólares.