El Decreto 160 del 7 de junio de 1993, en su artículo 10, dice que los buses deben contar con gobernadores de velocidad. (Foto: ARCHIVO / EPASA)
Jesús Simmons
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Adiós a las regatas. Si los conductores de buses y camiones volquetes no cumplen en el plazo de un mes con las disposiciones, no podrán circular.
Ayer, el Gobierno les lanzó un ultimátum a estos conductores, al exigirles la instalación de gobernadores de velocidad (artefacto que controla la velocidad) a los buses y camiones volquetes, tras los accidentes de los últimos días que han cobrado más de 30 vidas.
Los transportistas tendrán un plazo de 30 días calendario para cumplir la ordenanza, que también incluye la prohibición de instalar troneras en los "diablos rojos". Además, los buseros tienen que eliminar las calzas que les ponen al sistema de suspensión que levanta los buses del nivel establecido para su segura operación. Sin embargo, estas medidas ya están establecidas desde 1993.
En tanto, el alcalde capitalino, Bosco Vallarino, durante la sesión del Consejo Municipal de ayer sábado, ordenó también la colocación de controladores de velocidad a todos los camiones de Aseo, a fin de garantizar el manejo supervisado y salvaguardar la vida de los conductores municipales y de terceros.
PLAZO
El próximo 15 de septiembre, todos los buses y camiones volquetes deben tener sus gobernadores de velocidad.