[
Imprimir]


Sistema Acusatorio

Odalis Orozco | DIAaDIA

A partir de septiembre del 2011, comenzará a regir el Sistema Penal Acusatorio, pero ¿sabes qué es?, y ¿cómo operará? A partir de la Ley N.° 63 de 2008 se adoptó un nuevo sistema de enjuiciamiento penal en Panamá. Se trata del Sistema Acusatorio que, según se explica en un manual de la Corte Suprema de Justicia, proporcionará justicia transparente y rápida.

Además que el sistema, a través de un proceso legal, busca responder en corto tiempo las denuncias de delitos. En este sistema, el fiscal, la defensa y la víctima tienen igualdad de oportunidades de ser oídas; y las decisiones están a cargo de un juez independiente e imparcial.

¿CUANDO EMPIEZA EN PANAMá EL SISTEMA ACUSATORIO?

  • En Coclé y Veraguas, comienza el 2 de septiembre de 2011.
  • En Herrera y Los Santos, empieza el 2 de septiembre de 2012.
  • En Chiriquí y Bocas del Toro se inicia el 2 de septiembre de 2012.
  • En Panamá, Darién, Colón y Kuna Yala empieza el 2 de septiembre de 2014.
  • En cuanto a los asuntos relacionados con garantías, el sistema entrará a regir en todo el país a partir del septiembre de 2011.

VENTAJAS DEL SISTEMA ACUSATORIO

  • Las ventajas del Sistema Acusatorio es que un sistema de Derechos y Garantías tanto para el acusado como para la víctima.
  • Las medidas que limitan la libertad de las personas imputadas son tomadas por un juez, que es un funcionario independiente e imparcial. Actualmente este trabajo lo realiza un fiscal.
  • Las decisiones se emiten en audiencias, por tanto, el proceso es más rápido y transparente porque las resoluciones se profieren después de escuchar a las partes y frente a estas. Actualmente, la mayoría de las sentencias se emiten después de la audiencia.
  • Las pruebas se practican ante los jueces de decisión. Lo que favorece porque está en mejor posición de resolver el caso. En estos momentos, la mayoría de las pruebas se practican por un fiscal sin participación del juez.
  • Con este nuevo sistema, también existen medios para resolver el problema sin llegar a juicio, por medio de la conciliación y mediación. Estos mecanismos se pueden arreglar los problemas sin tener que esperar hasta que haya un juicio. Pero esto sólo se da en aquellos delitos que admiten desistimiento, tales como lesiones personales, hurto, estafa, calumnia e injuria, entre otros.





Ciudad de Panamá 
Copyright © 1995-2010 DIAaDIA-EPASA. Todos los Derechos Reservados