
El cliente puede presentar sus reclamaciones en cualquier agencia comercial de la empresa distribuidora; ya sea personalmente, de forma escrita, o a través de otros medios que la empresa ponga a su disposición.
El cliente puede presentar sus reclamaciones en cualquier agencia comercial de la empresa distribuidora; ya sea personalmente, de forma escrita, o a través de otros medios que la empresa ponga a su disposición.
El cliente puede presentar sus reclamaciones en cualquier agencia comercial de la empresa distribuidora; ya sea personalmente, de forma escrita, o a través de otros medios que la empresa ponga a su disposición.
Si adquiere el servicio eléctrico de manera fraudulenta tendrá sanciones establecidas en el reglamento de distribución y comercialización del Régimen de suministro.
Las empresas distribuidoras deberán prestar el servicio de energía eléctrica a quienes lo soliciten. El solicitante deberá suscribir un contrato con la empresa de distribución en el cual se establezcan los derechos y obligaciones conforme a las leyes, reglamentos y resoluciones que regulan el sector eléctrico.
El cliente puede presentar sus reclamaciones en cualquier agencia comercial de la empresa distribuidora; ya sea personalmente, de forma escrita, o a través de otros medios que la empresa ponga a su disposición.
Si adquiere el servicio eléctrico de manera fraudulenta tendrá sanciones establecidas en el reglamento de distribución y comercialización del Régimen de suministro.
Las empresas distribuidoras deberán prestar el servicio de energía eléctrica a quienes lo soliciten. El solicitante deberá suscribir un contrato con la empresa de distribución en el cual se establezcan los derechos y obligaciones conforme a las leyes, reglamentos y resoluciones que regulan el sector eléctrico.
El cliente puede presentar sus reclamaciones en cualquier agencia comercial de la empresa distribuidora; ya sea personalmente, de forma escrita, o a través de otros medios que la empresa ponga a su disposición.
Si adquiere el servicio eléctrico de manera fraudulenta tendrá sanciones establecidas en el reglamento de distribución y comercialización del Régimen de suministro.
Las empresas distribuidoras deberán prestar el servicio de energía eléctrica a quienes lo soliciten. El solicitante deberá suscribir un contrato con la empresa de distribución en el cual se establezcan los derechos y obligaciones conforme a las leyes, reglamentos y resoluciones que regulan el sector eléctrico.
El cliente puede presentar sus reclamaciones en cualquier agencia comercial de la empresa distribuidora; ya sea personalmente, de forma escrita, o a través de otros medios que la empresa ponga a su disposición.
Si adquiere el servicio eléctrico de manera fraudulenta tendrá sanciones establecidas en el reglamento de distribución y comercialización del Régimen de suministro.
Las empresas distribuidoras deberán prestar el servicio de energía eléctrica a quienes lo soliciten. El solicitante deberá suscribir un contrato con la empresa de distribución en el cual se establezcan los derechos y obligaciones conforme a las leyes, reglamentos y resoluciones que regulan el sector eléctrico.
El cliente puede presentar sus reclamaciones en cualquier agencia comercial de la empresa distribuidora; ya sea personalmente, de forma escrita, o a través de otros medios que la empresa ponga a su disposición.
Si adquiere el servicio eléctrico de manera fraudulenta tendrá sanciones establecidas en el reglamento de distribución y comercialización del Régimen de suministro.
Las empresas distribuidoras deberán prestar el servicio de energía eléctrica a quienes lo soliciten. El solicitante deberá suscribir un contrato con la empresa de distribución en el cual se establezcan los derechos y obligaciones conforme a las leyes, reglamentos y resoluciones que regulan el sector eléctrico.
Si va hacer un reclamo porque hay errores de medición, lectura y facturación, esto es lo que debe hacer:
-Los errores de medición, lectura o inconsistencias de facturación pueden ser reclamados por el cliente ante la empresa distribuidora en un período no mayor de 60 días calendario, contados a partir de la fecha de emisión de su factura.
Si el reclamo es realizado antes de la fecha de vencimiento de la factura cuestionada, el cliente puede abstenerse de pagar la porción de la factura hasta que el reclamo se haya resuelto.
- La empresa distribuidora tendrá un plazo máximo de 30 días calendario para informar al cliente del resultado del reclamo y los procedimientos realizados para dilucidarlo.
-En caso de que el cliente no esté de acuerdo con la decisión de la empresa distribuidora, podrá reclamar ante la Autoridad de los Servicios Públicos conservando el cliente el derecho de abstenerse de pagar el monto en disputa hasta tanto la ASEP emita su decisión.
-En ningún caso se podrá cobrar intereses por mora de la porción dejada de pagar por reclamo. El tiempo que dure la empresa distribuidora y la ASEP en resolver el reclamo, tampoco será computado para efectos de justificar la suspensión del servicio por causa de mora.
-Si la medición ha registrado menos energía o potencia de la consumida por el cliente por fallas propias del conjunto de elementos de medición no imputables al cliente o por fallas administrativas de la empresa distribuidora, no podrá cobrar la diferencia retroactivamente.
- En los casos en que se determine que se facturó mayor energía o potencia de la consumida por el cliente, por fallas de lectura, fallas del conjunto de elementos de medición no imputables al cliente, fallas administrativas de la empresa distribuidora, u otras causas no imputables al cliente, esta deberá notificar al cliente de esta situación y devolver en efectivo la suma que corresponda, salvo otra disposición del cliente. En el caso de que el cliente aún no haya pagado dicho consumo se le acreditará en la siguiente facturación.
Deberes de los clientes
El cliente también tiene el deber de pagar a tiempo sus cuentas porque la empresa distribuidora podrá cobrar intereses por saldos en mora pasados los treinta (30) días o más de la fecha de emisión de la factura, sin que esta haya sido pagada.
Estos intereses serán calculados solamente con base en los días transcurridos desde la fecha de vencimiento de la factura hasta la fecha en que se realizó el pago, a una tasa de interés anual promedio de los seis (6) meses anteriores sobre préstamos comerciales a seis (6) meses en el país.