Exceptuados de la medida


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Los negocios agrícolas quedan exceptuados del uso de equipos fiscales.Foto: ARCHIVO

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Quintín Moreno - DIAaDIA

Excepciones. Algunos establecimientos que quedan exceptuados del uso de equipos fiscales son:

-La actividad agrícola.

-La transmisión de bienes inmuebles y de aquellos bienes muebles que deban constar o consten de escrituras públicas.

-Los servicios de transporte público nacional de personas por vía terrestre, aérea y marítima.

-Las operaciones y servicios en general realizados por los bancos, instituciones financieras, las entidades de ahorro y préstamo, entre otros.

-Los servicios prestados en ejercicio de profesiones liberales, artesanales y artísticas.

-Personas naturales o jurídicas que realicen las actividades de ventas de productos o servicios por medio de vendedores ambulantes que no empleen vehículos automotores.

-Hostales que tengan menos de siete cuartos.

Para mayores detalles se puede acceder a www.dgi.gob.pa.

 
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