
El consumidor debe hacer valer sus derechos.
El consumidor debe hacer valer sus derechos.
Referente al tema de la publicidad engañosa, la Ley 45 del 31 de octubre de 2007, que protege el derecho de los consumidores, dictamina en el artículo 59 que “todo comerciante está obligado a cumplir lo ofrecido en los términos contenidos en el anuncio publicitario. No se permitirá anuncios de artículos que den a entender que el producto tiene cualidades, características o beneficios de los que carece. Los consumidores afectados por publicidad engañosa tendrán derecho a resolver el contrato de venta devolviendo lo que hubiera recibido”.