
Se establece que el comercio con animales domésticos se permitirá siempre que la exhibición y venta se lleven a cabo en locales con instalaciones adecuadas para cada especie y se cumplan con los reglamentos sanitarios. No se permite la venta de estos animales domésticos en vía pública.
gualmente, la nueva norma establece faltas y sanciones por conductas que constituyen actos de maltrato o crueldad contra animales domésticos así como el rescate del animal y su traslado hacia una asociación protectora de animales o albergue municipal con miras a brindarle custodia, atención y seguridad. Esta Ley fue identificada como la Número 70.