Si usted desea saber cuáles son los requisitos que debe tener presente para pensionarse por invalidez, preste mucha atención.
REQUISITOS:
Ser declarado inválido por la Comisión de Prestaciones (tener un porcentaje de invalidez mínimo de 66.6%). Tener al iniciarse la invalidez un mínimo de 36 cuotas mensuales. Tener una densidad de cuotas no inferior a 0.5, es decir, que dentro de los 3 años anteriores a la invalidez debe tener por lo menos 18 cuotas. Si el asegurado tuviera 180 cuotas, se prescinde del requisito de la densidad de cuotas. (Artículo 46 de la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social).
DOCUMENTOS:
GENERALIDADES:
Puede solicitar además las asignaciones familiares (B/.20.00 por esposa o compañera y B/.10.00 por cada hijo menor de 18 años). El asegurado que es declarado inválido por la Comisión Médica Calificadora y no reúne los requisitos de 36 cuotas podrá pedir Indemnización por Invalidez. No se concederá pensión de invalidez a cualquier asegurado que a pesar de reunir los requisitos antes señalados se encuentre en la siguiente situación: Que la invalidez sea producida por causa o consecuencia de accidente de trabajo o de enfermedad profesional. Que el estado de invalidez hubiera sido provocado intencionalmente por el asegurado o que fuere consecuencia de la comisión de un delito del que el asegurado sea responsable.
Que la invalidez se produzca después de alcanzar la edad señalada para el derecho a la pensión de vejez.
Si el asegurado no llegara a tener siete (7) años de cotizaciones, se tomará el promedio de los sueldos correspondientes a los meses de cotizaciones que tuviese.
El monto de la pensión se pagará quincenalmente.
La pensión mínima es de B/.175.00 mensual y la pensión máxima será de B/.1,000.00.
Nota: El Departamento de Trabajo Social notificará al solicitante la fecha en la que debe presentarse a los exámenes médicos.
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