¿Hijos mandando a los padres?
El artículo 59 de la Constitución de la República garantiza la Patria potestad a los padres y no al Estado. (Foto: Josué Arosemena y Aquilino Pérez / EPASA)

Didier Hernán Gil | DIAaDIA

Los hijos pueden tomar la batuta en el hogar. Esa es la preocupación que tiene la doctora Gloria Moreno de López, ex legisladora, frente al anteproyecto de ley de Protección Integral, que hace poco presentó el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) y que ya fue prohijado por la Comisión de la Mujer de la Asamblea Nacional de Diputados.

Moreno comentó que esta iniciativa pareciera tener buenas intenciones, pero pueden ser mal interpretada. Precisó que en el primer libro, el artículo 17, que se refiere a la privacidad, puede deducirse que si el niño lo decide, el padre no puede entrar a su cuarto a ver qué es lo que hace. Además, le prohibe bloquear los canales de televisión, pues los niños tienen derecho a todos los medios de comunicación que estén a su alcance.

Moreno también advirtió de la peligrosidad que hay en el libro segundo, ya que en el artículo 124, se utiliza la terminología "adopción individual y conjunta", en la que se puede pensar que posteriormente se quiere legalizar la homosexualidad en Panamá o permitirle a los gay que adopten niños.

En el libro tercero, el artículo 147 propone la creación de los Comités de Desarrollo Comunitario, en el que pareciera que se les da el derecho a los menores de fiscalizar o acusar a los padres de violar su privacidad y establecer medidas cautelares, que pueden ser personales o patrimoniales.

LOS POLEMICOS

Los artículos 12, 14 y 17 en el primer libro. En el libro segundo los artículos 124 y en el libro tercero: 124, 144 y 147.

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