buscador de noticias    
 
 
SECCIONES
DE INTERES

  viernes 25 de enero de 2008 enviar por email versión para imprimir

Google
 

  IMPACTO
añada este artículo a del.icio.us añada este artículo a yahoo añada este artículo a digg añada este artículo a favoriting añada este artículo a meneame añada este artículo a fresqui
Se acabó el martirio
Las personas podrán estar tranquilas en lugares públicos.

Carolina Sánchez P. | DIAaDIA

Luego de las quejas de ciudadanos que se sentían incómodos por ser fumadores pasivos, ayer el Ejecutivo sancionó la Ley N°13 que adopta medidas para el Control del Tabaco y sus efectos nocivos para la salud.

Aunque hay que esperar tres meses para que la ley entre en ejecución, ya no se podrá fumar en restaurantes, lugares públicos y privados, ni en los buses ni taxis, menos en lugares donde se desarrollan actividades deportivas.

Con esto, las cifras alarmantes podrán cambiar, porque según las estadísticas, en Panamá mueren 2,300 personas por el tabaco cada año.

Estudios indican que en el 2020, a nivel mundial, de cada 10 personas, 7 fallecerán por consumir activamente o pasivamente tabaco. Esto representa un total de 500 millones de muertes.

Mientras que en América Latina un tercio de la población consume tabaco, lo que representa 6 mil los casos de muerte.

AFECTADA
Larissa Herrera, una joven que se vio afectada en varias ocasiones por personas que fumaban en lugares públicos, comentó que el olor del cigarrillo es desagradable y muchas veces tenía que retirase para no ser una fumadora pasiva. Esta ley tenía que sancionarse hace tiempo, porque existen muchas personas que se han visto afectadas por la falta de responsabilidad de ciertas personas.

Le corresponderá al MINSA informar sobre las consecuencias sanitarias, la naturaleza adictiva, la amenaza mortal del consumo de tabaco y de la exposición al humo del tabaco para los seres humanos.

SANCIONES
En el Capítulo IV en el artículo 27 de la ley se establecen las cuantías de las sanciones que se impongan. Se graduará teniendo en cuenta el riesgo generado para la salud, la capacidad económica del infractor, la repercusión social de la infracción, el beneficio que haya reportado al infractor la conducta sancionada, si el afectado es un menor de edad y la reincidencia del infractor.

Los fondos obtenidos en concepto de multa por las infracciones a la presente ley se utilizarán para la implementación de programas de prevenciones, de promociones y de educación con relación a los efectos nocivos del tabaco.

El MINSA se encargará de imponer las sanciones conforme lo establezca el Código Sanitario.

Un reglamento esencial es que los envases y paquetes de productos del tabaco aparezca obligatoriamente impresa la advertencia: "Fumar puede causar la muerte", además de información relacionada, que ocupará el 50% de las caras frontal y posterior.

Se prohíbe completamente la publicidad, promoción y patrocinio del tabaco por medios indirectos o subliminales, dirigidos a menores o mayores de edad, y su venta a menores de edad.

El Estado, a través del MINSA o por ley, prohibirá cualquier tipo de publicidad, promoción o patrocinio. El órgano Ejecutivo tendrá un término no mayor de tres meses para reglamentar esta norma, a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial.

RESULTADOS
El 52% de los panameños tiene contacto con el tabaco, ya sea fumador activo y pasivo.

 
ADEMAS EN ESTA SECCION...
Uno por bala y otro por accidente
No estamos preparados
Colisión dejó cinco heridos
Estarán vigilados
Suspenderán labores
Comercios insalubres
Aprendizaje divertido
Empiece a ahorrar
Hoy no tendrán agua
Le quitan el botín al chino


OTRAS NOTAS

Enardecidos contra la policía

La mata de tres machetazos

Matan a escolta de alcalde


Seguirán los cierres

 
ciudad de panamá 
copyright © 1995-2008 DIAaDIA ONLINE, todos los derechos reservados