Velar por el cumplimiento de las órdenes y medidas que decida el Tribunal Electoral para garantizar la pureza de las elecciones.
Disponer lo que estimen conveniente para que las reuniones, mítines políticos, manifestaciones o desfiles que organicen los partidos políticos, se celebren sin ser perturbados por personas o grupos adversos.
Actuar como amigables componedores durante las actividades proselitistas, a fin de evitar confrontaciones.
Servir como representantes de los Magistrados del Tribunal Electoral ante los gobernadores, alcaldes, corregidores, regidores y miembros de la Fuerza Pública en todo lo relativo a la vigilancia del proceso electoral; es decir, que todas las autoridades antes mencionadas pasarán a jurisdicción de los delegados y deberán acatar las órdenes que éstos le indiquen cuando así lo consideren necesario.
Comunicar al Tribunal Electoral los actos de desobediencia de alguna autoridad a sus instrucciones, acompañando las pruebas pertinentes.
Mantener en todo momento la más absoluta neutralidad política.
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