En el 2007, preliminarmente, hubo 9,096 defunciones fetales en el país por distintas causas.
Milagros Murillo F.
| DIAaDIA
Su madre la obligó a abortar. Una menor de 15 años fue ayer a la Subestación Policial de San Cristóbal, en Juan Díaz, para denunciar, según su versión, que su mamá la llevó a Cabo Verde donde una señora para que le extrajera el feto.
Al parecer, la joven tuvo que tomarse un té color negro con dos pastillas. Además, le introdujeron dos en la vagina. Todo eso ocurrió en horas del mediodía del miércoles.
Pero la jovencita se apersonó a eso de las 5:00 p.m. a la subestación policial, donde contó lo ocurrido, pues estaba sangrando. Ella fue trasladada al Hospital San Miguel Arcángel donde expulsó al bebé, cuyo tiempo de gestación se desconoce.
Casos como ese ocurren a diario y aunque es un delito penado por la ley, siguen practicándose de forma clandestina.
HAY PROVOCADOS Y ESPONTANEOS
Un ginecólogo obstetra entrevistado por DIAaDIA, que pidió reserva de su identidad, dio a conocer que ellos sólo pueden practicar abortos en ciertas ocasiones. Ejemplo, si el feto tiene una malformación severa, pero antes debe ser aprobado por la Comisión de Aborto Terapéutico, regulado por el Ministerio de Salud.
PUEDE MORIR
La persona que se somete a esta práctica corre muchos riesgos y más si se lo hace ilegalmente, pues generalmente los que se lo practican desconocen lo delicado del proceso, destacó el especialista.
"He visto gente morirse por un aborto", dijo el galeno, ya sea por una infección o por una hemorragia. Otro de los peligros es que pueden perforarle el útero, perder la matriz o hasta sufrir de anemia producto de la pérdida de sangre.
Agregó que las pastillas que utilizan son ilegales, además que si no surten efecto, el bebé puede tener problemas al nacer.
DAÑO PSICOLOGICO
En tanto, la psicóloga Rose Mary Reyes dijo que la mujer que se somete al aborto puede sufrir de depresión, baja autoestima y sentimientos de culpa que desencadenan ansiedad, angustia, insomnio, estrés, por lo que requiere de un especialista que la oriente.
"El daño psicológico es mayor si la persona es obligada a practicarse el aborto", explicó. Peor si es llevada por sus padres, como en el caso de la jovencita que afortunadamente no murió.
OTRA VEZ NO...
APLAFA y el MINSA atienden a jóvenes que han tenido abortos, enseñándoles una buena salud reproductiva.
SANCIONES, SEGÚN EL CAPITULO I DEL CÓDIGO PENAL
Artículo 141: La mujer que cause su aborto o consienta que alguien se lo practique será sancionada con prisión de 1 a 3 años.
Artículo 142: El que provoque el aborto de una mujer, con el consentimiento de ella, será sancionado con prisión de 3 a 6 años.
Artículo 143: El que provoque el aborto de una mujer sin su consentimiento o contra su voluntad, será sancionado con prisión de 4 a 8 años. Si por consecuencia del aborto o de los medios usados para provocarlo sobreviene la muerte de la mujer, la sanción será de prisión de 5 a 10 años. Éstas se aumentarán en una sexta parte, si el culpable de la provocación del aborto es el marido.