SECCIONES
DE INTERES

 
enviar por email versión para imprimir

Google
 

  IMPACTO
añada este artículo a del.icio.us añada este artículo a yahoo añada este artículo a digg añada este artículo a favoriting añada este artículo a meneame añada este artículo a fresqui
Hay día puente
El proyecto 46 ya es Ley de la República. (Foto: Ilustrativa)

Carolina Sánchez P. | DIAaDIA

Viene otro fin de semana largo. El próximo 7 de enero será "día puente", luego que el Ejecutivo aprobara la modificación del artículo 46 del Código de Trabajo, sobre los días de descanso obligatorio.

El 9 de enero, Día de los Mártires, será laborable, puesto que el día de descanso es el lunes 7.

Con esta ley, los días 9 de enero y 28 de noviembre de cada año, cuando coincidan con un día martes o miércoles, el día de descanso será trasladado al lunes anterior a la fecha.

En tanto, el Órgano Judicial podrá decretar como días puente los demás días de fiesta o duelo nacional que no han sido establecidos como día puente.

Se aclara que cuando el día de fiesta o duelo nacional coincida con un lunes, el descanso se disfrutará ese mismo día.

El trabajo del lunes, habilitado como descanso obligatorio, será remunerado, según las normas del Código de Trabajo, como la jornada en un día de fiesta nacional o duelo nacional.

Falta esperar que las alcaldías establezcan por decreto qué día dictarán las prohibiciones de la fecha.

ACTIVIDADES
Los actos en conmemoración al hecho ocurrido el 9 de enero se realizarán ese mismo día.

   
 
ADEMAS EN ESTA SECCION...
Acabaron con "Tito Bambam"
Colisión múltiple
Guardavidas, ¿quién se encarga?
Tienen sus exigencias
Hay día puente
Se llevaron el letrero
Miles en el mixto
Luchan por sus prestaciones
Se reencontró con sus salvadores
En vez de calles, caminitos de tierra
Atemorizados
Al día con la planificación
Doce niños quemados
En desacuerdo con manejo del caso
Un patrimonio para disfrutar
Fueron directo a la bóveda

ciudad de panamá 
copyright © 1995-2007 DIAaDIA ONLINE, todos los derechos reservados